El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha incrementado la pena impuesta inicialmente por la Audiencia Provincial de Cádiz, elevándola de un año a un año y medio de prisión a un hombre, que se desempeñaba como policía nacional, condenado por abusar sexualmente de una menor en 2020 durante una actividad del grupo scout al que ambos pertenecían, con ella como miembro y él como monitor.
Según la sentencia, la víctima, que tenía 14 años en el momento de los hechos, mantenía ‘una buena relación’ con el acusado, de 43 años, quien era conocido por ser amigo de sus padres.
Durante las actividades de Halloween, el 31 de octubre de 2020, el grupo scout organizó varias actividades, incluida la proyección de una película. Dado que la menor y algunos compañeros no estaban interesados en la proyección, decidieron salir al patio de las instalaciones y sentarse en un banco fuera del recinto. El monitor también salió y se unió a ellos. En ese momento, aprovechando que los jóvenes estaban distraídos con sus móviles, el acusado se acercó a la menor, le pasó un brazo por encima y le realizó tocamientos, susurrándole frases como ‘tú también puedes tocar si quieres’. La menor se quedó paralizada, sin poder reaccionar.
Más tarde, cuando ambos se quedaron a solas en el coche al ir a comprar pizzas para el grupo, el acusado le pidió que le diera un beso, lo que llevó a la menor a bajarse rápidamente del vehículo y reunirse con el resto del grupo.
La sentencia de primera instancia también señala que el encausado envió varios mensajes de WhatsApp a la víctima, en los que ella le manifestó que no estaba bien lo que había hecho. En respuesta, el monitor le indicó que ‘debía guardar silencio y borrar los mensajes’.
La Audiencia Provincial de Cádiz condenó al acusado a un año de prisión y al pago de una indemnización de 4.000 euros, cantidad que fue consignada previamente en el juzgado al abrirse el juicio oral. Esta sentencia fue apelada ante el TSJA tanto por el acusado como por la denunciante. El procesado solicitó su absolución, alegando errores en la valoración de la prueba, un argumento que fue desestimado. Sin embargo, el Alto Tribunal andaluz aceptó parcialmente las solicitudes de la Fiscalía y de la acusación particular, no aplicando la atenuante de reparación del daño y condenando al monitor a un año y medio de prisión, considerando agravantes debido a su papel como monitor del grupo scout, lo que implicaba una obligación de velar por la seguridad y bienestar de los menores.
Como resultado del abuso, la niña experimentó ansiedad, disminución en su rendimiento escolar y pesadillas recurrentes. También desarrolló miedo a salir sola y decidió abandonar el grupo scout para evitar encontrarse con el condenado. Actualmente, está recibiendo tratamiento clínico.